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Síndrome
de Alienación Parental
o el uso de los hijos en los procesos de separación
Por
JOSÉ
MANUEL AGUILAR CUENCA

Introducción
A
principios de los años ochenta comenzaron a ocurrir un
conjunto de muertes inexplicables que estaban llamadas a
cambiar la historia reciente de nuestro planeta. Nadie conocía
los motivos de aquellas muertes, por lo que empezaron a
elaborarse distintas hipótesis. De ese modo, para explicar
lo que estaba pasando, se comenzó a hablar de maldiciones,
nuevas drogas letales, conspiraciones de grupos
paramilitares o del propio gobierno, incluso de castigo
divino.
A principios de los anos ochenta el SIDA no existía. No
estaba en ningún manual médico, los foros internacionales
no lo incluían en sus temas de debate, no había
especialistas que escribieran libros sobre ello, y ningún
gobierno del mundo consideraba que debía destinar fondos
para actuar sobre sus víctimas. Hoy en día, como hace veinte
anos el SIDA, el Síndrome de Alineación Parental
(SAP) es un mal desconocido para la mayoría de aquellos que
trabajan en el entorno de la Ley y la Justicia de nuestro país,
y del que apenas se tiene información entre aquellos
profesionales llamados a realizar su trabajo en el mismo
lugar, como técnicos de apoyo imprescindibles para aplicar
los principios que la norma recoge (psicólogos, médicos y
trabajadores sociales). Y, sin embargo, en nuestro entorno
es padecido por miles de niños cada ano, siendo el
responsable de un número desconocido de patologías entre
ellos.
¿Por
qué mi hijo no quiere verme?
La
Real Academia Española de la Lengua define la mentira como expresión
o manifestación contraria a lo que se sabe, se cree o se
piensa, mientras que mentir es decir o manifestar lo
contrario de lo que se sabe, cree o piensa. El psicólogo
Paul Ekman
(1985) considera que "existen dos formas
fundamentales de mentir: ocultar y falsear. El mentiroso que
oculta, retiene cierta información sin decir en realidad
nada que falte a la verdad. El que falsea da un paso
adicional: no sólo retiene información verdadera, sino que
presenta información falsa como si fuera cierta
(1). La preocupación
por discriminar que es real, verosímil y, por tanto, creíble,
de aquello que es ocultado, y en ocasiones además falseado,
es una tarea diaria que en el ámbito de la Psicología que
lleva a cabo su trabajo ante los juzgados y tribunales se
esta convirtiendo en un tema cada vez mas controvertido.
Junto a lo anterior hace algunas décadas surgieron otros
conceptos que, desde fuera del ámbito de la Justicia, han
venido a ocupar espacio en el quehacer de los profesionales
que en ella trabajan. Este es el caso de términos como programación,
lavado de cerebro y alineación. A los conceptos mentira o
verdad se sumaron entonces los de realidad y creencia de
realidad, haciendo el trabajo de la pericial psicológica más complejo, pero mucho
más ajustado a lo que ocurría en
las disputas en el ámbito de familia.
El Síndrome de Alineación Parental es un trastorno
caracterizado por el conjunto de síntomas que resultan del
proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia
de sus hijos, mediante distintas estrategias, con objeto de
impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro
progenitor, hasta hacerla contradictoria con lo que debería
esperarse de su condición
(2). Esta situación
está
directamente relacionada con los procesos de separación
contenciosa o aquellos que, iniciándose de mutuo acuerdo,
han derivado en una situación conflictiva.
El primer autor que definió el SAP fue
Richard
Gardner
(1985), Profesor de Psiquiatría Clínica del Departamento
de Psiquiatría Infantil de la Universidad de Columbia, en
un artículo titulado "Tendencias recientes en el
divorcio y la litigación por la custodia"
(3). En una revisión
histórica de este síndrome podemos descubrir que esta problemática
ha sido descrita por distintas vías, de modo incluso
paralelo y sin contacto, por diversos autores que, partiendo
cada uno de su experiencia profesional, en mi opinión han
dado distintos nombres al mismo fenómeno. Por un lado
Wallerstein
(4)
(1980) en California y
Jacobs
(5)
(1988) en Nueva
York, publicaron informes sobre casos de lo que llamaron el Síndrome
de Medea -el Síndrome de Medea se inicia con el matrimonio
en crisis y la separación subsiguiente, y describe como los
padres adoptan la imagen de su hijo como una extensión de
su yo, perdiendo de vista el hecho de que son sujetos
distintos de ellos mismos-, mientras que en Michigan
Bush
y
Ross
(6)
(1986) publicaron un trabajo en el que definían topologías
de progenitores que llevaban a cabo acusaciones falsas de
delitos sexuales, definiendo el Síndrome SAID (Sexual
Allegations In Divorce). Finalmente, en el mismo año,
Turkat
(7)
describió el Síndrome de la Madre Maliciosa
Asociado al Divorcio -las madres maliciosas son aquellas que
utilizan con éxito la ley para castigar y acosar al ex-cónyuge,
usando todo tipo de medios legales e ilegales, con objeto de
interferir el régimen de visitas del padre objeto-.
Todos los trabajos anteriores vinieron a reflejar unos
hechos que, en el transcurso de la investigación, han
abierto un camino a la comprensión de distintas situaciones
-en
el seno de los procesos de separación y divorcio-, que es
necesario que los profesionales y padres implicados debamos
conocer. La asunción por parte de los hijos de los
presupuestos, ideas y actitudes injuriosas del progenitor
alienador, logra la elaboración de una conciencia en
aquellos surgida de procesos de manipulación, hasta el
punto que los menores sienten esa emoción negativa, de
rechazo a su madre o a su padre, como elaborada por sí mismo, lo que
Gardner
definió como "el pensador
independiente". En este momento el hijo se reviste de
una personalidad que cree auto-elaborada, de tal suerte que
resulta impermeable a las influencias de los demás, dotándose
de todo aquel recurso necesario para mantener su sistema de
valores y creencias con objeto de aislar las posibles
influencias.
¿Cómo
se manipula a un hijo?
Para
lograr la manipulación, la educación en el odio de un
hijo, con objeto de que rechace tener contacto con su otro
progenitor, hacen falta lo que he venido a dividir entre
condiciones necesarias -que el progenitor alienador busca
para lograr los objetivos de destrucción del vínculo
afectivo del hijo con el otro progenitor- y conductas
expresas que el alienador utiliza para ejecutar su plan.
Si buscamos que un sujeto elabore una imagen o afecto sobre
determinado objeto requeriremos un trabajo sistemático,
continuo y prolongado, en los que el aislamiento, el miedo,
la purga emocional de todo afecto positivo hacia él y el
distanciamiento físico permitan el aprendizaje del modelo único
que deseamos inculcar. Las conductas expresas para lograr
esto suelen iniciarse con las interferencias de la comunicación
entre hijo y progenitor -no pasar las llamadas telefónicas a
los hijos-, así como los contactos físicos -llegar tarde a
las visitas, inventarse enfermedades, citas, olvidos, etc.-.

Estas interferencias van extendiéndose a diversas áreas
-no
informar al otro progenitor de actividades relevantes en el
desarrollo evolutivo de los hijos, como pueden ser
actividades escolares, actos culturales, encuentros
deportivos en los que participen-, así como en mayor
profundidad y relevancia emocional -interceptan el correo y
los envíos del progenitor y la familia extensa con ocasión
de cumpleaños, comuniones, etc-. Con posterioridad o
paralelamente inicia la campaña de desvalorización, injurias y ataques a este delante de los hijos. Dentro de
ésta se prosigue, aumentando en intensidad y extendiendo los
objetivos de sus ataques -desvalorizando e insultando a la
nueva pareja del otro progenitor-, mientras sigue con el
aislamiento del menor mediante el entorpecimiento de los
contactos -impidiendo que el otro progenitor ejerza su
derecho de visita-, así como evitando que intervenga en su
vida -“olvida” informarle de citas importantes de los
hijos con el dentista, el medico, psicólogo, etc.-.
Poco a poco extiende a su entorno próximo propio su
influencia -implicando a su familia extensa en sus acciones
de programación- y comienza a tomar decisiones relevantes en
la vida de sus hijos sin consultar al otro miembro -cambio de
colegio, visita a especialistas sanitarios, intervenciones quirúrgicas,
etc-. En su deseo de expulsión del progenitor alienado de
la vida del hijo, el alienador alcanza áreas como la
académica -impidiendo
que acceda a sus expedientes y al conocimiento de su marcha
escolar- o las propias acciones llevadas a cabo en el hogar
del progenitor alienado -cuenta a sus hijos que las ropas que
el otro progenitor les ha comprado son feas y les prohíbe
ponérselas-.
Cuando el proceso de alineación permite provocar la autonomía
de pensamiento en los menores -es decir, el momento en el que
los menores toman la iniciativa de odiar al otro padre sin
necesidad de un adulto supervisor-, los progenitores
alienadores niegan que ellos puedan hacer nada para cambiar
las decisiones de sus hijos, soliendo dar una imagen de
impotencia ante el observador. Pero de modo sutil los siguen
apoyando en el rechazo del otro progenitor, permitiendo que
elijan si ir o no a sus visitas, otorgándoles unos derechos
y responsabilidades que no les son propias por su edad.
Esto es muy importante a la hora de entender la actitud
presuntamente colaboradora e impotente del progenitor
alienador. Llegados a este momento es habitual que los
juzgados decidan utilizar la mediación familiar, los puntos de
encuentro familiar o la terapia psicológica clásica para
atajar estos problemas. Debido al cambio ocurrido en el
hijo, el alienador puede permitirse cambiar radicalmente su
talante y comportamiento externo, de modo que tenderá a
mostrarse en una actitud de impotencia y conciliación.
Impotencia ante su presunta incapacidad para hacer nada ante
la iniciativa del menor que no desea ver al otro progenitor,
surgida de modo justificado en el debido a las “relevantes
razones” que esgrime para no ver a su padre o madre
odiado. Conciliador en tanto se muestra al observador
externo sin necesidad de argumentos agrios u ofensivos, de razones sin peso o argumentos tendenciosos, ya que ahora es
el hijo el que los esgrime, permitiendo que él se libere de
esa necesidad, lo que confunde a los profesionales psicólogos
y trabajadores sociales, que terminan elaborando informes
equivocados al no hallar la fuente de la actitud de los
menores. Deseosos de dar respuesta a las expresiones y
deseos de los hijos hacia el progenitor rechazado, los
profesionales dan argumentos basados en la mayor vinculación
elaborada con el progenitor alienador. La incapacidad del
progenitor rechazado para dar respuesta a las demandas de
sus hijos o, y tal vez sea lo peor, justifican su
comportamiento por los supuestos acontecimientos negativos
vividos con el progenitor al que rechazan, dándole carta de
realidad a lo que muchas ocasiones no son mas que
justificaciones sin base real.
El
lenguaje de los menores
Cuando
el SAP se encuentra presente podemos encontrar distintas
expresiones en los menores que no son sino el reflejo de los
criterios de identificación que se han venido acordando
para diagnosticar la presencia de esta patología. Con intención
de facilitar al lector la identificación de este síndrome,
recogeré aquí algunas de las que he podido recopilar en mi
práctica profesional.
Expresiones de temor y miedo: “Quiero irme con mi padre,
tengo miedo, tengo miedo a no volver a verlo”. “No
quiero subir a tu coche porque seguro que nos quieres matar”.
"No quiero comer tu comida, nos quieres envenenar”.
Expresiones que reflejan el proceso de codificación del
progenitor alienado y el distanciamiento emocional: “Yo no
quiero saber nada de ese” (refiriéndose a su padre).
“Si no me das lo que quiero voy a a la Fiscalía de Menores y te denuncio
por maltrato”. “Tu no eres mi madre, para lo único que
quiero saber de ti es para recuperar mi bicicleta que se
quedó en tu casa”.
Expresiones de exaltación del amor hacia el alienador: “Quien no me respete, papá, puede enfrentarse a
él y puede
hacer lo que sea; porque mi padre es mi padre y yo tengo
derecho a hacer lo que quiera”. “Papá te perdona y deja
que vengas a comer a casa con nosotros; él si es bueno”.
“¡Que pena! Si no nos hubieras abandonado”.
Expresiones dicotómicas: “Contigo estoy mal y con papá
no”. “La abuela es mala porque lo dice mamá; mamá
siempre dice la verdad”. "Mi mamá es mala; lo dice mi papá,
papá nunca me miente”.
Expresiones que denotan la inmersión en el proceso judicial
y la información inapropiada de la que disponen: "El 30 de
noviembre vamos a ver al juez y el juez tiene la opinión mía
y diré que seremos amigos, pero no vuelvas a decir a la policía
que tengo que estar a 300 metros de papá, ¿vale?”.
"El miércoles
que viene me pregunta un juez: ¿tú que quieres, como lo ves,
con quien quieres vivir?” (día del juicio, a primera hora
de la mañana, mensaje en el contestador del hijo a la
madre) --> “Eh ..., hola mamá, esto que ..., no hables cosas
malas de papá en el juicio, que dejes de contárselo a
otras personas y ya está. ¿Vale?. Por favor”.
Expresiones contradictorias: “Mamá dice que eres malo,
pero tú eres bueno; tengo que esconderme debajo de la mesa
porque mamá dice que no puedo salir contigo a la calle”.
"Mamá
eres una hija de puta. Perdón, perdón …”.
Expresiones que muestran una identificación con los deseos
y emociones del progenitor alienador: "Papá lo está pasando
mal, no tiene dinero por tu culpa”. “He leído una
noticia en el Diario Medico que dice que los niños no pueden
tomar huevos Kinder ni helados porque producen
colesterol”. “No tendrías que haberme metido en unos
juzgados y que si te portas bien a lo mejor en el futuro te
perdona. Me lo dijo papá, dile esto a mamá”.
Expresiones inadecuadas para su edad: “No quiero ver a mi
padre porque me maltrata psicológicamente de modo sistemático”.
”¿Qué, vienes de ver a esa puta?”. “No se te olvide
ingresar la pensión alimenticia en el banco de mamá”.
Ataques indirectos: “Papá me iba a llevar la semana que
viene a Disney World, pero ¡claro! como te empeñas en que
te tocaba estar conmigo ... Eres una egoísta, tiene razón me
padre”. “Yo perdono a mi padre porque se que en el fondo
no puede evitar ser un irresponsable”. “Me madre dice
que jamás me va a hablar mal de mi padre aunque tenga motivos para hacerlo”.
Purga emocional: “Los juguetes que me compra mamá los
dejo en su casa porque si no mi papá me los tira a la
basura”. “Antes íbamos mucho a patinar a ese sitio que
le gustaba a mi madre, pero mi padre no quiere que vayamos
ya que dice que allí es donde van los amigos de mamá”.
Consecuencias
del SAP en los menores
Los
estudios llevados a cabo en las ultimas décadas, acerca de
las consecuencias que el divorcio tiene sobre los hijos,
demostraron que estos no presentaban necesariamente más
problemas que los de parejas unidas. La angustia y ansiedad
que los menores sufren en todos los procesos de separación
y divorcio tiende a desaparecer conforme vuelven a la rutina
de sus vidas.
Es el grado de conflicto, y la implicación de
los menores en él, lo que determina el tipo y grado de
consecuencias de la ruptura de la pareja en los hijos (Aguilar
(8),
2005). Existen muy pocos datos acerca de los efectos a medio
y largo plazo de las víctimas del SAP (Cartwright
(9), 1993).
En los casos de familias que sufren SAP, la vuelta a la
normalidad antes descrita puede tardar años, o no llegar jamás.
Durante ese tiempo se inicia un continuo desgaste emocional
forzado por los ataques del progenitor alienador y las
acciones defensivas del progenitor alienado, al que se suman
los procesos judiciales iniciados y los propios problemas -p.
ej., la adolescencia -surgidos en su desarrollo-. Las sucesivas
evaluaciones a manos de diversos profesionales, las
repetidas implicaciones en episodios dentro de la campaña de
denigración, y los continuos mensajes de odio hacia el otro
padre, llenan el tiempo y los afectos de los niños.
Una variable que va a determinar las consecuencias futuras
en los menores es el conjunto de estrategias que el
alienador use con ellos en el proceso de adoctrinamiento.
Una estrategia frecuente es el uso de falsas denuncias y
querellas de abusos sexuales. Este problema ya se valoró a
mediados de los años ochenta en EE.UU.. Un estudio de la Research Unit of the Association of Family and Conciliation
Courts de aquella época sugirió que las acusaciones de
abusos sexuales en los procesos de divorcio podían ser
validas solo en un 50% de las ocasiones
(10). El problema siguió
agravándose, hasta que en 1996 el Congreso de aquel país estableció
una enmienda para eliminar la impunidad que gozaban aquellos
que llevaban a cabo falsas alegaciones de abusos sexuales,
lo que permitió que los estados establecieran iniciativas
legales para actuar ante esta situación. En nuestro país
son varias las voces que desde la judicatura se han
levantado denunciando esta realidad, sin que hasta el
momento se haya hecho nada para atajarlo. El uso o no de
esta estrategia puede ser demoledora para el menor, y marcará una diferencia en las secuelas que podrá presentar
en el futuro.
Tal vez el problema más relevante que nos encontramos con
estos niños es que su relación con uno de sus progenitores
está rota. La pérdida de una de estas figures se debe
cuantificar en términos de pérdida de las interacciones del
día a día, de aprendizaje, del apoyo y el afecto que mana
normalmente de los padres y abuelos. Mientras que en el caso
de una muerte, la pérdida es inevitable, en el caso del SAP
es tanto evitable como inexcusable (Cartwright, 1993).
En el área psicológica se ven afectados el desarrollo del
autoconcepto y la autoestima, carencias que favorecen muchos
otros problemas dentro de este plano. El hijo aprende a
manipular y a ser valorado en tanto muestra adhesión a los
preceptos marcados por el progenitor alienador. Los efectos
del SAP en los menores pueden llegar a ser irreparables. La
infidelidad emocional del hijo al progenitor alienador puede
derivar en castigos, cuya intensidad cubre todo el espectro.
Las expresiones de chantaje, retirada del afecto o un
castigo corporal suelen ser habituales. Si nos imaginamos un
progenitor alienador en el que los delirios paranoicos se
expresen en toda su extensión, habría que aceptar la
posibilidad de un grave riesgo para la integridad física
del hijo. En mi experiencia profesional he recogido un caso
de suicidio relacionado con SAP.
En resumen, debemos considerar que estamos hablando de un
tipo de abuso emocional con amplias y profundas
consecuencias para los menores y su entorno. Mas allá de
las diferencias surgidas entre dos adultos, las conductas
que hemos recogido son las responsables de la ruptura de los
lazos afectivos de los menores con parte de su familia, lo
que provoca un empobrecimiento innecesario, así como su exposición
a escenarios en los que la probabilidad de desarrollar
diversos problemas se ve aumentada. Por último debemos
recodar que estamos hablando de la introducción en el
sujeto de ideas, creencias y valores altamente perniciosos
para su desarrollo personal y visión del mundo, ideas que
organizaran su conducta futura y el modo en que afronte su
vida.
Abordaje
legal del SAP
La
dinámica habitual en los juzgados y tribunales a la hora de
dictar resoluciones y acordar medidas es el mantenimiento
del estado de las cosas, siendo muy reacios a la hora de
tomar decisiones que impliquen cambios significativos en la situación
de los menores. Esto supone un extraordinario error por
parte de los Jueces, en tanto es el arma fundamental del
progenitor alienador a la hora de proseguir en su campaña de
desprestigio, así como en el hijo, para el mantenimiento de
su agresión hacia el progenitor alienado, una vez ha sido
asumido por éste la campaña de agresión inicialmente
provocada por el progenitor.
Mi recomendación fundamental se encuentra en que,
considerando la clasificación (leve, moderado y severo) en
la que se diagnostique el SAP, se deben tomar
inevitablemente determinadas decisiones que implican de modo
necesario un cambio sustancial en la realidad contemplada
hasta ese momento. Las experiencias observadas hasta el
momento parecen ir en esta dirección. Clawar y
Rivlin,
responsables del mayor estudio llevado a cabo observados en
su investigación en donde los tribunales acordaron
incrementar el contacto con el progenitor alienado, se
produjo un cambio positivo en el 90% de las relaciones entre
los hijos y aquellos. Este cambio incluía la eliminación o
reducción de problemas psicológicos, físicos y educativos
presentes antes de la medida. Es realmente significativo que
la mitad de estas decisiones fueron tomadas aún en contra
del deseo de los menores (Clawar &
Rivlin
(11),
1991).
Otro estudio incluye 16 casos de SAP, diagnosticados de
moderado o severo. En tres de estos casos el tribunal decidió
el cambio de custodia y/o la limitación del contacto con el
progenitor alienador. En estos 3 casos el SAP fue
eliminado.
En los otros 13, en los que el tribunal mantuvo el régimen
de custodia y no limitó el contacto, se decidió intervención
psicológica. Ninguno de los menores del último grupo mejoró
en su alineación (Dunne &
Hedrick
(12),
1994).
En mi experiencia profesional, con un grupo de estudio de 50
casos de SAP diagnosticados en los tipos moderado y severo,
en aquellos fue recomendado algún tipo de terapia psicológica
tradicional por parte del tribunal, ninguno mejoró en su alineación
del progenitor odiado y, de aquellos que habían sido
incluidos en el nivel moderado, una vez transcurrido el
tiempo necesario para llevar a cabo a terapia, todos pasaron
al tipo severo.
Se hace necesario recordar aquí una vez más que son
precisas una seria de condiciones necesarias para la elaboración
del SAP. La que tal vez sea más relevante es la generación
de un distanciamiento temporal y especial del hijo sobre el
progenitor alienado, de modo que resulte imposible
contrastar, y con ello contradecir, el programa de miedo y
odio inculcado en el menor ante la experiencia directa, así
como llevar a cabo las conductas expresas (interferencia en
las comunicaciones, no información de los temas académicos,
sanitarios, sociales, etc., relato de hechos o acusaciones
negativas culpabilizadoras, refuerzo implícito del rechazo
expresado por el menor hacia el progenitor alienado, etc.)
que permitan la interiorización de ese sentimiento negativo
en él. El mantenimiento de las circunstancias que
posibilitaron la presencia de semejante comportamiento no es
sino la facilitación expresa de su practica. El SAP es un
excelente ejemplo de desorden en cual los profesionales de
la salud mental y la justicia deben trabajar juntos para
ayudar a estos. Ninguna disciplina puede ayudar a estos
menores sin la significativa participación de la otra
(Gardner (12),
2001). Este es sin duda el mayor escollo que
en mi práctica profesional me he encontrado en los tribunales.
Si un profesional realiza una serie de recomendaciones y éstas no son consideradas es, sencillamente, imposible tener
éxito en el tratamiento de este problema. Recientemente, en
sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Segovia, Sección
Única, sentencia Nº 113/2005, viene a apoyar sin ambages la
evaluación propuesta por la psicóloga nombrada en un
asunto en el que se está considerando la presencia de SAP,
“sin que pueden consentirse obstrucciones de cualquier
tipo a su práctica, por cualesquiera de las partes
interesadas; e igualmente podrá contar con el auxilio o colaboración
de los compañeros que entienda necesarios e incluso expandir
la evaluación a los progenitores, tras la correspondiente notificación
y autorización del Juez”, apoyo que, desafortunadamente,
es escaso en la inmensa mayoría de los temas en los que
este problema se ha visto en nuestro país.
Por otro lado, se permite la dilaciones indebidas del
procedimiento, enquistando el conflicto y manteniendo la
distancia entre el progenitor y su hijo, se facilitan los
pilares básicos sobre los que construir esta patología. En
nuestro país he recogido procesos en los que los progenitores
han acumulado trescientas cincuenta denuncias, o expedientes
en los que han intervenido veintiún profesionales
-psicólogos y psiquiatras- con sus correspondientes informes periciales,
permitiendo la prolongación del proceso por años y,
consecuentemente, la eliminación de facto de uno de los
progenitores de la vida de sus hijos.
He iniciado este artículo con la exposición de un problema
que se encuentra diariamente en los juzgados de nuestro país.
Hemos transcurrido por su definición, la consideración de
su envergadura y la expresión que adopta en el menor.
Cierro con las directrices que deben considerarse si se
desea atajar. Hasta la fecha más de una veintena de
sentencias de Audiencias Provinciales hablan de SAP en España.
A diferencia de otros países como EE.UU. -que dispone de artículos
legales que consideran este problema- o México D.F. -que lo
incluyó en su última reforma del Código Civil en septiembre
de 2004-, España comienza a considerar el SAP un problema
serio que empieza a estudiarse, pero el desconocimiento
entre los profesionales puede ser el mayor problema a la
hora de enfrentarnos a esta realidad. Una realidad en la que
la inacción, cuando no el asentimiento tácito, hacen que
anualmente dejemos en el camino miles de victimas de este
tipo de maltrato, tan desconocido técnicamente como
cotidiano para los profesionales de la Justicia.
José Manuel Aguilar Cuenca, Psicólogo
Artículo
para la revista Lex Nova Nº 29, Octubre-Diciembre
de 2005
_____________________________
(1)
Eckman, P. (1985) Como detectar mentiras. Barcelona,
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(2)
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The American Journal of Forensic Psychology, 19(3):61-106.
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